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Del 21% al 41%: el impuesto que no viste venir

Reseña del AEM Blueprint con Luis Morales, CPA, sobre las reglas antidiferimiento en Estados Unidos y por qué atrapan a tantos empresarios mexicanos con estructuras entre los dos países.

Asistentes al AEM Blueprint con Luis Morales, CPA, en First United Bank, Bee Cave

Del 21% al 41%: el impuesto que no viste venir

AEM Blueprint con Luis Morales, CPA · First United Bank, Bee Cave

Hay una imagen que Luis usó toda la noche y que explica el tema mejor que cualquier tabla.

Una corporación es una ventana con persiana. Mientras la persiana esté cerrada —mientras la empresa no reparta dividendos— la luz no llega al accionista. Y donde no llega la luz, no llega el impuesto personal.

Eso se llama diferimiento, y es perfectamente legal. Es, de hecho, buena parte de la razón por la que existen las corporaciones.

El problema es que Estados Unidos escribió toda una biblioteca de reglas cuyo único propósito es hacer que la luz pase de todos modos. Se llaman reglas antidiferimiento. Y la mayoría de quienes tienen estructuras entre México y Estados Unidos se enteran de que existen el día en que ya no se puede hacer nada.

En este Blueprint, Luis desarmó las siete que importan: tres domésticas y cuatro internacionales.

Por qué esto no te suena si vienes de México

Luis abrió con la comparación que enmarca todo lo demás.

En México, una sociedad anónima puede acumular utilidades indefinidamente. Millones de pesos represados año tras año, y el SAT nunca te obliga a repartir dividendos ni te cobra un impuesto adicional por no hacerlo. Existe una figura de antidiferimiento —los REFIPRES, para sociedades mexicanas dueñas de empresas en jurisdicciones de baja imposición— pero aplica a supuestos tan acotados que casi nadie se topa con ella.

En Estados Unidos es al revés. Las reglas no persiguen a ningún país en particular: aplican de forma general, a todos. Y varias se activan solas, sin que nadie haya intentado evadir nada.

El problema de fondo: estos temas suelen aparecer cuando ya se está preparando la declaración. Y ahí ya no hay margen. Como lo puso Luis: "cuando le dices a tu contador '¿por qué no me preguntaste esto?', ya estamos preparando la declaración y no se puede hacer nada."

Las tres reglas domésticas

1. Accumulated Earnings Tax (IRC § 531)

Una corporación estadounidense puede retener utilidades acumuladas hasta ciertos umbrales generales: 250,000 dólares, o 150,000 si es corporación de servicios. Por encima de eso, si la retención no responde a las necesidades razonables del negocio, el excedente puede quedar sujeto a un 20% adicional a nivel corporativo.

Es la única de las tres que no se autocalcula: aparece en auditoría. Y tiene salidas —repartir dividendos durante el año, emitir consent dividends, o documentar una inversión real que justifique la acumulación—, pero todas dependen de una frase que se volvió el estribillo de la noche.

En México solemos decir que papelito habla: un comprobante bien puesto resuelve. En Estados Unidos el papelito no siempre habla — y cuando habla, no habla solo. Aquí la frase que manda es facts and circumstances: los hechos y las circunstancias reales de tu caso.

El documento sigue siendo necesario, pero por sí mismo no sostiene nada. Tiene que venir acompañado de una realidad que lo respalde. No basta con declarar —ni con firmar un contrato— que estás guardando dinero para invertir: hay que poder mostrar el terreno comprado, los permisos en trámite, los arquitectos ya pagados. Operaciones verificables con terceros, no intenciones.

2. Personal Holding Company Tax (IRC § 541)

Esta sí se autocalcula, y es la que más silenciosamente atrapa a la gente.

Una corporación cae en PHC cuando cumple dos pruebas:

  • Ingresos: al menos 60% de sus ingresos ordinarios ajustados son pasivos —dividendos, intereses, rentas, regalías.
  • Propiedad: más del 50% del valor de sus acciones está en manos de cinco personas o menos durante la segunda mitad del año.

El costo es un 20% adicional sobre el ingreso pasivo no distribuido.

Y aquí viene el detalle que casi nadie ve: las reglas de atribución del § 544. Si los socios son tú, tu cónyuge, tus hijos y un hermano, para efectos fiscales no son cinco personas: son dos. La prueba de propiedad se cumple sin que nadie lo note.

Luis describió el escenario que ve una y otra vez en su despacho. Una familia arma una estructura impecable para evitar el impuesto a las herencias —un trust extranjero dueño de una C Corporation, dueña de una propiedad en Texas— y luego pone la casa a rentar. La renta es ingreso pasivo. La estructura que resolvía el estate tax acaba de crear una Personal Holding Company.

"Haces la estrategia para el estate tax, y le das en la torre aquí."

La diferencia clave con el AET: aquí el IRS no tiene que probar intención de evadir nada. Si se cumplen las dos pruebas, el régimen aplica. Punto.

Sí hay salidas: convertir el ingreso pasivo en activo demostrando involucramiento real —la regla de las 500 horas documentadas, que aplica a quien opera de verdad un Airbnb, por ejemplo—, o simplemente repartir dividendos cada año.

3. La elección de S Corporation (IRC § 1361, Form 2553)

La tercera es distinta: es antidiferimiento voluntario. Tú lo pides.

La corporación sigue existiendo legalmente —la persiana sigue puesta— pero el ingreso fluye a los accionistas, se reparta o no.

Requisitos principales:

  • Corporación doméstica de EE. UU.
  • Máximo 100 accionistas
  • Solo personas físicas, sucesiones o ciertos fideicomisos
  • Ningún accionista extranjero no residente
  • Una sola clase de acciones

El Formulario 2553 se presenta a más tardar el 15 del tercer mes del ejercicio. Existe la elección tardía por causa razonable, pero Luis fue franco sobre lo difícil que es conseguirla.

También fue franco sobre por qué se hace: evita la doble tributación doméstica y saca las ganancias del self-employment tax. Su umbral práctico: alrededor de 60,000 dólares de ganancia anual.

Las cuatro reglas internacionales

Aquí el terreno cambia. Ya no hablamos de una empresa estadounidense, sino de lo que quedó del otro lado de la frontera.

Subpart F / CFC (§§ 951–954)

Una Controlled Foreign Corporation es una empresa extranjera cuyo control —más del 50% en voto o valor— está en manos de accionistas estadounidenses. Quien tenga 10% o más debe incluir cada año, en su ingreso, su parte proporcional de cierta renta pasiva y móvil de esa empresa.

Aunque no haya dividendo. Aunque el dinero nunca haya salido de México.

GILTI, hoy "net CFC tested income" (§ 951A)

Donde Subpart F apunta a categorías específicas, esta echa una red más amplia sobre el resto del ingreso de las CFCs, neteando utilidades y pérdidas entre todas las que tengas. Las corporaciones estadounidenses pueden reclamar una deducción del 40% bajo el § 250.

PFIC (§ 1297)

La más traicionera, porque no requiere control ni participación mínima.

Basta con que una corporación extranjera tenga 75% o más de ingresos pasivos, o 50% o más de activos que generen ingreso pasivo. Una inversión modesta en un fondo extranjero puede caer aquí sin que te enteres.

Hay tres regímenes posibles —el default del § 1291, con recargo de intereses; la elección QEF; y mark-to-market— y obligación de reportar en el Formulario 8621.

§ 956 – Inversión en propiedad estadounidense

Cierra el círculo. Si la CFC no reparte dividendos pero usa sus utilidades para beneficiarte en Estados Unidos —comprando bienes, prestándote dinero, o incluso garantizando o pignorando activos para respaldar tu deuda— eso puede tratarse como repatriación económica y generar ingreso gravable.

La persiana nunca se abrió, pero la luz entró igual.

Las preguntas que salieron de la sala

Buena parte del valor de la noche estuvo en lo que preguntaron los asistentes, casi siempre sobre casos propios:

  • ¿El AET se acumula año con año, o tiene que pasar cierto tiempo?
  • Si ya me pasé del umbral pero por poco, ¿me sale más barato pagar el impuesto que repartir dividendos?
  • ¿Qué tanto tiene que estar ligada la inversión al core del negocio para justificar la acumulación?
  • Si la entidad es transparente en lugar de opaca, ¿me salvo del PHC?
  • ¿El dinero invertido en el mercado cuenta como utilidades acumuladas?

La respuesta a varias fue la misma, y vale más que cualquier regla individual: depende de los hechos, y los hechos hay que poder demostrarlos.

Así se vivió

Las tres conclusiones que valen el boleto

Primera: el impuesto adicional casi siempre se acredita. Para las reglas internacionales existen mecanismos de acreditamiento. Si la tasa corporativa del país extranjero supera el 18.9% —el 90% del 21% estadounidense— ese impuesto normalmente alcanza a cubrir en su totalidad el impuesto adicional en Estados Unidos. México está cómodamente por encima de ese umbral.

Segunda, y por eso mismo: el riesgo real es de información, no de dinero.

Las multas por no informar arrancan en 10,000 dólares — y aplican aunque no se determine impuesto adicional alguno. Puedes no deber un centavo y aun así pagar una multa de cinco cifras por no haber presentado un formulario.

Tercera: nada de esto se arregla en retrospectiva. Estas reglas se ganan o se pierden antes del cierre del ejercicio.

Lo que sigue

Cada una de las siete reglas da para una sesión completa, y la conversación en la sala lo dejó claro: las preguntas más filosas de la noche fueron sobre casos que nadie había considerado hasta que estuvieron en la pantalla.

Si tienes una empresa en México, propiedades en Estados Unidos, o una estructura que armaste hace años y nadie ha revisado desde entonces, la pregunta útil no es si estas reglas te aplican.

Es si tu contador ya te lo dijo.

Ponente
LM

Luis Morales

CPA certificado en México, Estados Unidos y Canadá

MPA North American Advisors

Especialista en impuestos internacionales y planeación patrimonial transfronteriza. Se mudó a Austin en 2023 para expandir la práctica de su despacho en Norteamérica. Miembro de AEM Austin.

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Gracias a Luis por una sesión que fue exactamente lo que promete el formato Blueprint: un miembro compartiendo, sin filtros, lo que sabe hacer. Y a First United Bank por recibirnos en Bee Cave.

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This material is not intended or written to be used to avoid U.S. tax penalties.

Este material no está destinado ni fue redactado para ser utilizado con el fin de evitar sanciones fiscales en Estados Unidos.

Este contenido es un resumen editorial de la sesión, con fines exclusivamente informativos y educativos. No constituye asesoría fiscal, legal o contable dirigida a las circunstancias particulares de persona alguna. Las disposiciones fiscales estadounidenses admiten distintas interpretaciones, y el IRS, el Departamento del Tesoro o los tribunales pueden adoptar criterios diferentes a los expuestos. Consulta a tus propios asesores fiscales y legales antes de implementar cualquier estructura o posición fiscal.